lunes, 23 de marzo de 2015

RECUPERARON EL PODER Y RECIBIERON EL CIENTO POR UNO AQUÍ, EN LA TIERRA...


La alianza de los terratenientes con los miliares, bendecida por la Iglesia Católica, dio frutos visibles rápidamente. Los militares sublevados, con Queipo de Llano al frente, hicieron y deshicieron a favor de los grandes terratenientes desde el principio:
-Fueron el brazo ejecutor que llevó a cabo la brutal represión (limpieza política de clase) contra todas las personas que, de una forma o de otra, habían tenido algo que ver con el Frente Popular, la gran coalición de centro-izquierda, que ganó las elecciones de febrero de 1936, y que pertenecían, en su mayoría, al PSOE, PCE, IR, UR, UGT o CNT. Esa represión, ejercida tras la toma o conquista de cada pueblo, provocó la muerte violenta (asesinato) de 382 personas en la Vega Media del Guadalquivir, de los municipios de Alcalá del Río, La Algaba, Brenes, Burguillos, Cantillana, La Rinconada, Tocina y Villaverde del Río, a los que le aplicaron el Bando de Guerra dictado por Queipo en los primeros meses, desde julio de 1966 a marzo de 1937. La mayoría eran trabajadores del campo, aunque también, maestros, pequeños agricultores, comerciantes e industriales y un médico. El objetivo era eliminar, consciente y deliberadamente, a todos los que podían ejercer u organizar la oposición. Después, en la posguerra y durante toda la dictadura de Franco hubo otras 35 víctimas de su violencia represiva. Además, en la posguerra más de 300 trabajadores del campo de esta comarca fueron encarcelados y condenados a años de prisión. Muchos de ellos fueron obligados a trabajar en obras hidráulicas que beneficiarían a los agricultores de la Vega y de toda Sevilla: Canal del Bajo Guadalquivir o Canal de los Presos y Canal del Viar, el primero en la margen izquierda del río y el segundo en la margen derecha.
Trabajando de sol a sol sin posibilidad de defenderse, ni reivincar...
-Prohibieron los partidos y sindicales libres, impidiendo toda acción colectiva para defender y mejorar la condiciones de trabajo. Es más, suprimieron todos los avances laborales pactados y toda legislación social republicana, que habían dignificado el trabajo y la vida de los obreros andaluces del campo. De hecho, los terratenientes afectados por Reforma Agraria de la II República, que en Sevilla no eran muchos, ocuparon sus tierras sin ninguna legalidad que los avalara, al compás de la “reconquista” de los municipios, y lo que quedaba por recuperar, a partir de 1938, lo hizo el Servicio Nacional de Reforma Económica y Social de la Tierra (SNREST) o Servicio de Recuperación Agrícola, como se llamó después. Muchos arrendatarios fueron expulsados de las fincas y perdieron todas sus pertenencias, incluido el ganado y las cosechas.
-Tomaron por la fuerza de las armas el poder local, Ayuntamientos e instituciones, que habían garantizado los derechos de los ciudadanos y ciudadanas y las conquistas de los trabajadores: el Jurado Mixto, la Comisión de Colocación Obrera, la Comisión de laboreo forzoso y otras, en las que habían participado de forma paritaria obreros y patronos agrícolas. Nada de obligar a nada a los grandes... y, entre otras cosas, volvieron a contratar individualmente cada día en las plazas, en los lugares tradicionales de cada pueblo, y sin rechistar. Reaparece el clientelismo y el amiguismo.

Un dibujo del sevillano Helios GÓMEZ RODRÍGUEZ
-Permitieron una salvaje sobreexplotación en el campo que afecto a todos, sin excepción. Los trabajadores del campo sufrieron una regresión, en todos los aspectos, a las condiciones anteriores a la República, mantenimiento sine die de unas deplorables condiciones de vida y trabajo, que junto a las grandes obras hidráulicas, pusieron las bases de la reforma agraria franquista”. En mayo de 1937 el Tribunal Provincial de Trabajo de Sevilla dictó un “Reglamento para los trabajos agrícolas en la provincia”, que en la practica significaba imponer salarios inferiores a los pactados durante la República y una jornada de “ocho horas efectivas”, así como la autorización del trabajo a destajo, que fue la opción mayoritaria. Este Reglamento y los dictados en 1938 para las demás provincias ya conquistadas, abrieron el camino para la marginación, el boicot y los chantajes de los propietarios sobre los jornaleros (Teresa Mª Ortega, 2007), que fue peor para mujeres niños. Por ello, en 1939 se generalizaron los salarios de 1936 y, a partir de ese año, los incrementos salariales fueron siempre inferiores a los experimentados por el IPC en los veinte años siguientes de la larga posguerra española, de tal forma que fue en 1959 cuando los salarios agrícolas tuvieron el mismo poder de compra que los percibidos en 1935 y 1936.
Con todo lo anterior, quedó abierto un largo periodo de sobreexplotación y desprotección obrera, que generó una vertiginosa acumulación de capital por parte de los medianos y grandes terratenientes, que  hicieron grandes a los bancos españoles.
-Controlaron lo que tenían que comer mediante el sistema del racionamiento de los productos básicos. Fue instaurado por Franco y desarrollado por Luis Alarcón de la Lastra (Ministro de Comercio e Industria), terrateniente sevillano en 1939. Estuvo en vigor 12 años, hasta 1952. Fue consecuencia directa de la guerra y de la desastrosa política económica de la dictadura, la autarquía: la quimérica idea de que la economía española tenía los recursos necesarios de producción y que podía autoabastecerse sin tener que depender de otros países para satisfacer todas las necesidades sociales. Nunca lo logró, sino que provocó un descomunal aumento de los precios y un mayor enriquecimiento de los grandes propietarios, que vendía sus productos en el mercado negro, el estraperlo. 

Nota aclaratoria: La conquista de los pueblos por los militares sublevados contra el orden constitucional y democrático la llevaron a cabo al más puro estilo colonial, tal como los generales españoles africanistas habían hecho en el norte de África, en Marruecos, durante los años anteriores del siglo XX, usando todos los métodos violentos posibles.

Mas información en DE LA CLANDESTINIDAD A LA LIBERTAD CONQUISTADA, pp. 25-26, pp. 105-124 y pp. 141-15.

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